Cortar y pegar al litigar

Lejos quedan los tiempos en que los escritos de alegaciones de los abogados y las sentencias de los jueces eran artesanales y personalizados. Unos pocos folios, claros y razonados con alguna cita solemne de jurisprudencia laboriosamente buscada en el Aranzadi.

Por entonces, el autor reflexionaba y escribía calmosamente o bien dictaba. El escrito, normalmente mecanografiado, era releído y examinado con la satisfacción del pintor que examina el lienzo ultimado con su obra.

En correspondencia, su trabajo era recibido y leído de arriba abajo, con atención sostenida y dejaba claro el meollo de la controversia y tesis enfrentadas.

Carrera de derecho en la UPEAPero los tiempos han cambiado, especialmente para la abogacía. Y llegaron las tecnologías de la información, bajo esta eufemística locución de tinte amenazante.

Al referirse a “tecnologías” en plural, ya alerta de que hay muchas técnicas, muchos formatos, muchos aparatos y brota el problema de la elección y adaptación al mismo (programas, computadoras, redes sociales, navegadores, gadgets, fuentes, bases de datos, lugares en la nube, etc). Además la tecnología elegida está llamada a ser prontamente superada. Incluso en su día sugerí 14 simples utilidades tecnológicas para la abogacía.

Por otro lado, al versar sobre “información” revela lo serio y ambicioso de tal utilidad en el mundo jurídico pues se sustenta sobre información de normas, sentencias y trabajos académicos, y como no, sobre la norma o jurisprudencia vigentes o válidas. La información es poder…jurídico. Básicamente, el reto del jurista (abogado o juez) consiste en identificar la norma, elegir la interpretación y vestir su tesis con ello. Y estas tecnologías dan toda la información sobre todo, y además permiten copiarla de forma instantánea.

A bote pronto, se produce ahorro de tiempo y mayor exactitud en la localización de la norma, y también se gestionan los archivos del despacho mucho mejor (reproducir, enviar o clasificar).

La paradoja radica en que esas tecnologías de la información en el mundo jurídico conducen a un panorama nebuloso de “desinformación” pues ya no se trata de pescar en un tranquilo lago bibliotecario sino de pescar en una yate bajo una tormenta perfecta, con remolinos y ventisca.

Nunca hubo tanta facilidad para identificar la norma y sus interpretaciones y jurisprudencia, y nunca hubo tanto embrollo por la misma razón.

Para sobrevivir ante el aluvión de la información, como el tiempo es dorado (mas que oro) pues llegó el “corta y pega”. Comodidad y rapidez. Un click y ya está.

Esta técnica es útil porque ahorra tiempo y permite la cita literal del precepto legal o del fragmento de sentencia, para robustecer el cuerpo del escrito jurídico.

Pero debemos ver que la realidad del corte y pega no es tan dulce, porque hay que saber “cortar y pegar”. Hay que buscar, seleccionar, sopesar y valorar si se vierte literalmente o si se acompaña de explicaciones; y repasar el resultado. O sea, que “hay que saber copiar”. Veamos.

1. Antes los pleitos se focalizaban en pocas cuestiones, en el meollo litigioso real.

Ahora, con las nuevas tecnologías aumentan los ángulos de debate jurídico. Al están a disposición del jurista herramientas que permiten acudir al litigio no solo con la bayoneta de la ley sino con la metralla de jurisprudencia habida y por haber, unido a cualesquiera ocurrencia doctrinal a golpe de click, resulta que lo que era un pulso entre caballeros se ha convertido en una lucha de patio carcelario donde todo vale. Cualquier sentencia que toca el tema es reclutada para robustecer el escrito.

2. Las demandas y las contestaciones aumentan “al peso” (la demanda para no dejar nada en el tintero electrónico y la contestación en legítima defensa) y lógicamente también aumenta la extensión de las sentencias.

Se plantean problemas de indigestión. Se cortan y pegan leyes o sentencias enteras, o lo que no viene al caso. El resultado son escritos procesales (sentencias incluidas) que resultan confusos y plúmbeos.

No es extraño (se explica aunque quizá no se justifica) que el Supremo haya establecido una extensión máxima de unos 25 folios para el recurso de casación, por aquello de tratarse de cuestiones jurídicas puntuales de perfil singular (nada de pruebas, nada de argumentos colaterales, nada de citas de supuesta jurisprudencia).

3. Los escritos bajo el corta y pega, pierden frescor, originalidad y singularidad. Se prodiga el vicio de escritos jurídicos prét-a porter, que salen como las hamburguesas del MacDonald (y algunos como las croquetas de taberna), que están bien para salir del paso un día, pero no deben formar parte de la dieta habitual.

En consecuencia, existe el riesgo de acabar degenerándose en el hábito de confundir la elaboración “personalizada” o “singularizada” de un escrito jurídico, que requiere estudio y reflexión, con la elaboración de cualquier escrito jurídico aderezado con “cortes y pega” indiscriminados. La secuela es el craso error.

A veces nos sorprendemos al leer una demanda ante un Juzgado leonés donde se invoca la ordenanza municipal de Barcelona. Otras asistimos a demandas contra multas de tráfico donde la matrícula del vehículo cambia varias veces a lo largo del escrito. Lo mismo sucede cuando la demanda ante un caso de responsabilidad patrimonial por accidente de tráfico sitúa como causante en los hechos a un jabalí que por prodigios evolutivos muta en ciervo al final del escrito. Y en otras ocasiones se cuestiona la homologación del etilómetro cuando se trata de una simple infracción de mal aparcamiento.

Lo dicho para demandas vale para las sentencias, pues también las hay que a fuerza de “cortar y pegar” se dejan a medio camino cuestiones litigiosas, o que confunden cifras de justiprecios o tributos, por ejemplo, sin olvidar la fácil errata cuando se alude al actor cuando es actora o viceversa, o en singular cuando son varios y viceversa.

4. Otro problema del “corta y pega” radica en que para el abogado el posible error del recortable puede ser grave y no subsanable pues posiblemente la parte contraria se ensañará en ello, aquélla no podrá subsanarlo y el juez posiblemente enarcará la ceja.

En cambio, el error de corte y confección sufrido en la sentencia admite la siempre impune “corrección de errores”.

Es cierto que hay bufetes saturados de trabajo o con pleitos-masa que explican esas demandas o contestaciones “cortando y pegando”. También hay jueces con carga de trabajo o circunstancias personales que les lleva a abusar de esta técnica.

Y como no, en todos los colectivos, abogados y jueces, hay personas que ceden ante la pereza o frivolidad. O ante esa dama veleidosa que se llama urgencia.

Lo cierto es que hay millones de escritos procesales, sentencias incluidas, cada año y los “corta y pega” tóxicos son escasos, pero bien estará que todos los que servimos a la noble profesión del derecho, realicemos un ejercicio de prudencia, autocontención, precisión y verificación en el uso del “corta y pega”.

5. También hay praxis sonrojantes, no ya de los abogados y jueces, sino de los letrados públicos (no de todos, claro) que muchas veces, por idénticas razones (frivolidad o pereza) despachan la contestación a la demanda con un simple “ Nos oponemos en lo que no coincida, contradiga o se oponga a lo que deriva del expediente”, que se ve agravado en conclusiones con un lapidario “ Elevamos a definitivas las alegaciones de nuestra contestación a la demanda”; pero ya cuando el letrado público da un patinazo con caída es cuando en aquella contestación afirma que “ Nos remitimos a los correctos argumentos de la resolución recurrida”… y resulta que… ¡se impugna una desestimación presunta!

6.No sirve de consuelo pero no puede ignorarse que también el legislador estatal y autonómico, o los gobiernos al aprobar reglamentos, sufren de este mal, y ejemplos hay. También los trabajos académicos muestran que hay abuso de corta y pega, tanto por economía como para disfrazar de plagio lo que debiera ser cita.

7. En fin, me gustaría que cada abogado, letrado público o juez mirase con sinceridad a su interior y pensase cuándo elaboró el último escrito en el que no cortó ni pegó nada. O mejor, cuando no buscó algo que cortar y pegar.

A veces es bueno estar solo ante el peligro y armado con el sentido común y la imaginación. No es difícil, y de hecho en su día explique bajo cierta licencia de humor, el método para hacer una demanda contencioso-administrativa en quince minutos.

8. En fin, vivir para ver, aunque debo reconocer que como variante doméstica del “corta y pega” , a la hora de leerles cuentos a mis hijos pequeños, donde les leía el cuento supuestamente titulado, por ejemplo, “Pantalones verdes”, trataba de un chico que iba a llevarle a su abuelo que vivía en una urbanización un reloj, y para atajar, pese a la prohibición de su madre, iba por un barrio peligroso donde se encontraba una hiena que le preguntaba donde iba… y finaliza con un policía nacional que dispara a la hiena que se había zampado al abuelito… Luego valía para “Camisas rojas” y un oso, y así renovaba el repertorio…

En fin, que hay que tener cuidado con las erratas, no sea que nos pille el gato.

Pero bueno, lo cierto es que, en los cuentos, en el trabajo, en la labor de jurista y en casi todo en la vida, siempre es mejor ser original y hacer cada cosa como si fuera única, y no digamos el resultado si o hacemos como si fuera la última cosa que hiciésemos en la vida.// De La Justicia

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